A media cuadra

sábado, 13 de abril de 2024

“Juan Diego no es el primero”. Persecución extrajudicial dentro del campus de la Universidad Nacional.

 Autoría: Campaña Juan Diego Libre 




La última vez que me encontré con Juan Diego fue en el campus de la Universidad Nacional, el mismo lugar que lo llevaría a tener que enfrentar una condena de nueve años en prisión. Ese día hablamos sobre nuestras andanzas, sueños y proyecciones. Él me contó de su proyecto de grado, el espacio donde desarrollaba su práctica comunitaria y un emprendimiento gráfico en el que apenas estaba empezando a trabajar


Juan Diego, es estudiante de Trabajo Social de la Universidad Nacional, antes del encierro era una persona activa en el movimiento social, adelantaba procesos educativos desde el circo y el muralismo. Su presencia se caracterizaba por ser efímera, se movía de un lado al otro con una agilidad impresionante y siempre estaba encausado en más de un proyecto. Fácilmente podía estar semanas recorriendo Colombia por carretera sosteniéndose económicamente con su arte y de repente aparecer en el campus como si nada para retomar su vida académica. 


Esa misma agilidad resaltaba en sus presentaciones de circo, en sus piezas de muralismo y su quehacer docente, lo efímero de su imagen hacía que fuera común no saber de él por largo rato, de ahí que cada reencuentro fuera una oportunidad para la conversación extendida. Un testimonio falso obligó a Juan Diego a pausar sus aspiraciones a futuro.


Este artículo busca retratar el caso de Juan Diego Rangel, un estudiante injustamente encarcelado por responsabilidad directa de la División de Vigilancia y Seguridad (DVS) de la Universidad Nacional. En las próximas líneas expondré los hechos que tienen tras las rejas a un artista, profesor y líder comunitario que daba todo por cambiar la injusta realidad que nos toca vivir a la mayoría. Además, encuentro en este ejercicio de escritura una posibilidad para recoger el sentir de familiares, amigos y compañeros de Juan Diego, quienes acompañamos su dolor con impotencia, desde afuera de la cárcel. 


Juan Diego es capturado en un retén de rutina el 1 de septiembre de 2023, mientras iba en bici camino a la universidad. De ahí lo llevan a la Unidad de Atención Inmediata de Mártires donde se entera que su caso ya tenía un fallo condenatorio y que sobre su nombre pesaba una condena de 9 años de prisión. Juan es retenido allí hasta el 18 de octubre del mismo año, cuando le llega la boleta de encarcelamiento y lo trasladan a la cárcel. Entre esos dos meses se encarna el inicio de una pesadilla para Juan, sus familiares y seres queridos. Los hechos por los que lo señalan sucedieron casi cinco años atrás. 


El 8 de febrero de 2019 Juan Diego se encontraba en horas de la mañana en la plaza Freud de la Universidad Nacional fumando marihuana en compañía de un amigo. Juan había ido a la universidad a cancelar una materia. En ese momento se acerca un desconocido a preguntarle insistentemente si vendía marihuana, Juan Diego le responde que no varias veces, después de mucho insistir, Juan le dice que si quería fumaban juntos, el desconocido después de fumar se va. 

Cuando Juan Diego se dirige a salir de la universidad junto con su amigo, se les acercan dos celadores en moto y se los llevan a La Capilla, un lugar que es usado como centro de operaciones por la DVS.


Estando allí los requisan, los retienen y llaman a la policía. Juan Diego solicita la presencia de alguien de derechos humanos o de bienestar universitario y se la niegan, los celadores abogan que Juan Diego no es estudiante reiterativamente, señalan que es un vendedor de estupefacientes y lo llevan a caer en una crisis emocional. Producto de la requisa, los celadores encontraron entre las pertenencias de Juan una bolsa color blanco con su dosis de consumo personal. 


Cuando la policía llega a La Capilla los vuelven a requisar. Al amigo de Juan le ponen un comparendo por consumo y a Juan lo llevan a la estación de policía de Teusaquillo para iniciar un proceso de judicialización por tráfico de estupefacientes, apoyados en el testimonio de uno de los dos celadores que retuvieron a Juan y a su amigo, el testimonio del señor Henrry Correa. Al siguiente día es la primera audiencia, él se declara inocente y le dan una carta de libertad. Juan Diego asume su libertad y espera a ser notificado, algo que nunca pasó, a pesar de esto la judicialización continua, las audiencias siguen sin su presencia, Juan no tiene oportunidad de defenderse y el 23 de febrero de 2023 se da el fallo condenatorio. 


En relación a cómo se dio el proceso hay varias irregularidades por señalar. La principal es lo correspondiente al testimonio del celador Henrry Correa, quien afirma que retiene a Juan Diego “en flagrancia” mientras le vendía marihuana a otra persona y no tiene manera de demostrar objetivamente esto. En su testimonio Henry Correa además de afirmar falsamente que retuvo a Juan Diego “en flagrancia”, niega en todo momento (bajo gravedad de juramento) la presencia del amigo de Juan, quien está involucrado en todo el proceso desde que los retienen.  


El testimonio de Henrry es la única “prueba” que soporta la flagrancia dentro del proceso legal. En ese sentido, el fallo condenatorio tiene una gran inconsistencia y es que las declaraciones de los policías implicados se contradicen con los de Henrry Correa, ya que él menciona que lo capturan en flagrancia mientras que los policías mencionan que él estudiante ya se encontraba retenido y había sido requisado por el cuerpo de seguridad. 


Otro aspecto a señalar es que en los testimonios expuestos en las sesiones se ignora la presencia del amigo de Juan, a quien se le colocó un comparendo por consumo y se dejó ir. Dicho comparendo demuestra que Juan estuvo acompañado durante todo el proceso. Lo anterior debería ser suficiente para poner en tela de juicio la validez de la palabra de Henrry, quien es el que audiencia tras audiencia señala a Juan modificando el desarrollo de los hechos. 


Lo más preocupante en este caso es qué ya existe un antecedente en el que el celador Henry Correa se toma atribuciones extrajudiciales, propicia escenarios en los que estudiantes terminan en procesos legales e incide significativamente para encarcelarlos haciendo falsas acusaciones. 


“Juan Diego no es el primero” dice la madre de Juan en un evento para visibilizar la situación, refiriéndose al caso de Jhonatan Cuadros Orjuela, un joven que pasó por una situación idéntica. A Jhonatan lo acusaron también de vender estupefacientes en el campus universitario, su condena fue de 10 años y estuvo respaldada exclusivamente por el testimonio del mismo hombre que retuvo y declaró en el caso de Juan, el señor Henrry Correa. 


Jhonnatan tuvo que llevar un proceso judicial de más de 6 años, asumir una condena injusta y pasar cuatro años en prisión. Finalmente La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia decide revocar la condena, reconociendo las evidentes irregularidades en el proceso. En los dos casos Henry Correa es el responsable de la retención de los estudiantes, de los testimonios que sostienen las acusaciones y de la apertura de la judicialización. 


En el caso de Jhonatan, el argumento de mayor valor que reconoció la Corte Suprema de Justicia para determinar su inocencia, fue la atribución de funciones policiacas de algunos integrantes de la DVS, principalmente del señor Henry Correa, quien como se ha expuesto estuvo al frente de los sucesos. Los celadores no pueden requisar o retener a ningún estudiante, no hace parte de sus responsabilidades y atenta contra el derecho de libre circulación de quienes habitan el campus. 


Retomando la situación de Juan Diego, otra irregularidad es la no notificación y la falta de claridad sobre el desarrollo de las audiencias. Después de que Juan Diego es puesto en libertad la fiscalía no se lo comunica por los medios de contacto que él había dejado, nunca llega la notificación a su correo institucional, perfectamente legible en el acta de captura del 8 de febrero. Además, la dirección de residencia registrada en la misma acta es modificada más de una vez, desde la segunda audiencia en adelante. Lo anterior atenta contra el derecho al debido proceso. 


Por otro lado, es inquietante la nula presencia del cuerpo administrativo de la Universidad Nacional, quienes permiten que la policía entre al campus y se lleve estudiantes como si nada. Si Juan hubiera tenido acompañamiento de bienestar universitario seguramente no estaría encarcelado. Es urgente que desde la Universidad Nacional se adelanten acciones con relación a la recurrencia de actuaciones abusivas y desproporcionadas del cuerpo de vigilancia de la Universidad Nacional


Este cúmulo de irregularidades hace que la injusta condena que atraviesa Juan Diego sea aún más dolorosa. ¿Por qué un estudiante que ha dedicado su vida al arte, la enseñanza y el trabajo comunitario representa un peligro para la sociedad? ¿Qué motiva a la DVS y en específico a Henrry Correa a perfilar, perseguir y retener estudiantes de la Universidad Nacional? ¿Por qué después del caso de Jhonatan siguió vinculado a la institución el señor Henrry Correa? ¿Tiene algo que ver el hecho de que Juan Diego haya tenido una participación activa en el Paro Nacional de 2019? Son solo algunos de los cuestionamientos que nos hacemos después de soportar, a la fecha, 185 días de encarcelamiento injusto.


Solo nos queda esperar que el último recurso que tenemos para reclamar su libertad sea eficaz, está en las manos de la Corte Suprema de Justicia no permitir que se haga añicos la vida de un muchacho brillante, por la inoperancia institucional. 


 Lista de referencias: 


Cajar. (2011, 2 mayo). Atropellos contra estudiantes de la UN por parte de la vigilancia de la Universidad y la Policía. CAJAR. https://www.colectivodeabogados.org/atropellos-contra-estudiante-de-la-un-por-parte-de-la-vigilancia-de-la-universidad-y-la-policia/


Infobae. (2022, 4 septiembre). Guardias de seguridad no pueden hacer requisas, dice Corte Suprema de Justicia. Infobae. 

https://www.infobae.com/america/colombia/2022/09/04/guardias-de-seguridad-no-pueden-hacer-requisas-dice-corte-suprema-de-justicia/


Paz-JEP, J. E. P. (s/f). csj_scp_sp1743-2022(59213)_2022. Jurisdicción Especial para la Paz - JEP. Recuperado el 7 de marzo de 2024, de https://jurinfo.jep.gov.-co/normograma/compilacion/docs/CSJ_SCP_SP1743-2022(59213)_2022.htm


1 comentario:

  1. Qué infamia y atropello contra Juan Diego. Hasta cuándo este país seguirá secuestrado por una justicia criminal que persigue jóvenes y líderes sociales mientras encubre peligrosos delincuentes. Este es otro falso positivo judicial. Que investiguen a los vigilantes cómplices de este grave hecho.

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